martes, 25 de diciembre de 2007

Escandalosa sentencia sobre la contaminación del río Segura



Ante la sentencia del caso seguido por la contaminación del río Segura en la Vega Baja, dictada por la Audiencia Provincial de Alicante (Sección Séptima con sede en Elche), en la que todos los acusados han sido absueltos y los únicos condenados, mediante la imposición de costas por un valor que seguramente se acercará a los 12.000 euros, hemos sido los colectivos ecologistas, personados en la causa como acusación popular y que llevamos denunciando hace años la lamentable situación del río Segura, queremos denunciar públicamente que dicha sentencia nos parece un escándalo y una vergüenza, independientemente del respeto que nos merece la Administración de Justicia.

La imposición de costas se nos aplica por una supuesta temeridad en el caso de 4 de las empresas imputadas y en el caso de los tres altos cargos de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) igualmente imputados, cuya acusación únicamente fue mantenida por nosotros una vez que desistieron Fiscalía y la Comisión Pro Río. No se nos aplica en el caso de las empresas imputadas tanto por nosotros como por la Fiscalía, cuando todas las empresas y los tres altos cargos de la CHS fueron inicialmente imputadas por la jueza instructora mediante un auto de fecha 6 de septiembre de 2002 por el que se acordó la incoación de procedimiento abreviado por un delito continuado contra el medio ambiente. Nosotros no nos hemos salido ni un milímetro del auto de la jueza instructora, por lo que no entendemos las acusaciones de la Sala de una supuesta temeridad por nuestra parte, que parece que hagan extensivas a la jueza instructora.

En el apartado sexto de los fundamentos de derecho se aborda el asunto de las costas, llamando extraordinariamente la atención la disparidad de criterios con los que la Sala aborda nuestra posición según hablemos de los acusados cuya acusación compartimos con Fiscalía o de los acusados cuya acusación mantuvimos en solitario. Así, respecto a los primeros la Sala entiende que “Ecologistas en Acción y Amigos de los Humedales del Sur de Alicante que ejercitó la acción popular, ha realizado una importante labor social dirigida a mejorar el estado del río Segura, consiguiendo impulsar la acción de las administraciones públicas implicadas en la solución de tan grave problema medio ambiental y por extensión para la salud de las personas” . Sin embargo, respecto a los segundos, se afirma que “la acción popular puede ser y ha sido objeto de abuso y de diversos usos instrumentales, en el contexto de estrategias políticas y de otra índole”.

Rechazamos por completo las acusaciones de la Sala de manipulación política o de otra índole (no sabemos a lo que se refiere la Sala cuando dice “de otra índole”), una apreciación completamente fuera de lugar y no acreditada. Además respecto a los primeros la sentencia habla de la existencia de indicios iniciales que justificaban la apertura de juicio oral y respecto a los segundos se omite que también existían esos indicios como prueba el auto de la jueza instructora de septiembre de 2002. Parece que la Sala aplique un doble rasero al valorar de forma tan distinta nuestra actuación en uno y otro caso, cuando nuestra actuación ha sido lo más coherente y homogénea posible partiendo siempre del precedente acusatorio del auto de la jueza instructora.

Por otro lado, la sentencia reconoce que la imposición de costas a una acusación popular en principio debe descartarse, aplicándose únicamente de forma excepcional, mencionando la propia Sala abundante jurisprudencia al respecto del Tribunal Supremo. En cambio, a renglón seguido intentan justificar esa excepcionalidad en una supuesta temeridad por nuestra parte, no aportando en este caso ninguna jurisprudencia al respecto. Consideramos que en general la Sala al dictar sentencia no ha sido ecuánime y ha hecho completamente suyos los argumentos de las defensas, obviando por completo nuestros argumentos.

Mediante sentencias tan lamentables como la presente la independencia del sistema judicial queda en entredicho y se lanza un mensaje claramente intimidatorio a los colectivos de defensa del medio ambiente y claramente tranquilizador a los responsables de la contaminación del río Segura. Por ello avanzamos nuestra intención de presentar en los próximos días un recurso de casación ante el Tribunal Supremo a fin de evitar lo que consideramos un atropello a asociaciones que únicamente defendemos intereses públicos ligados a la conservación del medio ambiente.

No hay comentarios: